Esto es un recordatorio sobre la NORMATIVA DE ETIQUETAJE. Esta subsección está de manera permanente en nuestra web, dentro de la sección de SERVICIO TÉCNICO, perteneciente al Departamento de Servicio Técnico de AGEM y donde podrás asesorarte sobre cualquier tema relacionado. Todos los datos de contacto de Servicio Técnico, pulsando el botón bajo estas líneas.
LEGISLACIÓN
COMERCIALIZACIÓN DE SETAS
Información complementaria referente a la Circular nº 987
Lista de especies de setas aptas para su comercialización
NORMATIVA DE ETIQUETAJE DE SETAS
ETIQUETA DE SETAS FRESCAS EN ENVASE MAYORISTA
DENOMINACIÓN DE PRODUCTO: ROVELLÓ/NÍSCALO (LACTARIUS SANGUIFLUUS)
El nombre común y el científico han de tener, como máximo el mismo tamaño. Nunca puede ser el científico más pequeño.
CULTIVADO
SILVESTRE
EMPRESA RESPONSABLE: (PRODUCTORA, RECOLECTORA, ENVASADORA, COMERCIALIZADORA)
XXX, S.A., PARADA YYYY-YYYYY, PABELLÓN Z, 08040 MERCABARNA, BARCELONA
ORIGEN: ESPAÑA (BERGUEDÀ)
CÓDIGO DE TRAZABILIDAD Y RGS/RSIPAC/RIAAC, SON FACULTATIVOS.
ETIQUETA DE BOLET FRESC EN ENVÀS MAJORISTA
DENOMINACIÓ DE PRODUCTE: ROVELLÓ/NÍSCALO (LACTARIUS SANGUIFLUUS)
El nom comú i el científic han de tenir como a màxim el mateix tamany. Mai pot ser el científic més petit.
CULTIVAT
SILVESTRE
EMPRESA RESPONSABLE: (PRODUCTORA, RECOLECTORA, ENVASADORA, COMERCIALITZADORA)
XXX, S.A., PARADA YYYY-YYYYY, PAVELLÓ Z, 08040 MERCABARNA, BARCELONA
ORIGEN: ESPANYA (BERGUEDÀ)
CODI DE TRAÇABILITAT I RGS/RSIPAC/RIAAC, SÓN FACULTATIUS.
NORMATIVA OBLIGATORIA SETAS ENVASE MAYORISTA
EJEMPLO SETAS – OBLIGATORIA
ROVELLÓ/NÍSCALO (LACTARIUS SANGUIFLUUS)
SILVESTRE
EMPRESAXX, S.A.
PABELLÓN Z, 08040 MERCABARNA – BARCELONA
ORIGEN: ESPAÑA
EJEMPLO SETAS – OPCIONAL
ROVELLÓ/NÍSCALO (LACTARIUS SANGUIFLUUS)
SILVESTRE
EMPRESAXX, S.A.
PABELLÓN Z, 08040 MERCABARNA – BARCELONA
ORIGEN: ESPAÑA
CÓDIGO DE TRAZABILIDAD
RGS/RSIPAC/RIAAC
NORMATIVA ETIQUETAJE FRUTAS Y HORTALIZAS
Información complementaria referente a la Circular nº 1033
Nuevas Normas de Calidad
A partir del 1 de Julio de 2009, entra en vigor el Reglamento Europeo 1221/2008 del 5 de Diciembre, que modifica algunas de las normas de calidad vigentes y modifica otras.
NORMATIVA OBLIGATORIA MANZANA-PERA
EJEMPLO PERA – OBLIGATORIA
VARIEDAD: WILLIAMS
ORIGEN: ESPAÑA
CATEGORIA: EXTRA
CALIBRE: 24
Evasador: AGEM
C/Major de Mercabarna, 75, 2ª planta 08040
Barcelona
EJEMPLO PERA – OPCIONAL (Más completa)
PRODUCTO: PERA
VARIEDAD: WILLIAMS
ORIGEN: LÉRIDA (ESPAÑA)
CALIBRE: 24
RGS: XXXXXX/B
Evasador: AGEM
C/Major de Mercabarna, 75, 2ª planta 08040
Barcelona
EJEMPLO MANZANA – OBLIGATORIA
VARIEDAD: GOLDEN
ORIGEN: ESPAÑA
CATEGORIA: EXTRA
CALIBRE: 24
Envasador: AGEM
C/ Major, 75, 2ª planta 08040
Barcelona
EJEMPLO MANZANA – OPCIONAL (Más completa)
PRODUCTO: MANZANA
VARIEDAD: GOLDEN
ORIGEN: LÉRIDA (ESPAÑA)
CALIBRE: 24
RGS: XXXXXXX/B
Envasador: AGEM
C/ Major de Mercabarna, 75, 2ª planta 08040
Barcelona
Normas de calidad y producto / Normativa de Etiquetaje
AGUACATE:
Reglamento (CE) núm. 378/2005, de 8 de Marzo. Modifica el Reglamento (CE) núm 831/97, que establece normas de comercialización aplicables a los aguacates.
ALUBIAS:
Orden de 10 de Febrero 1984. BOE 16 de Febrero 1984, núm. 40. Norma de calidad para las verdes destinadas al mercado interior.
AJOS:
Orden de 24 de marzo 1986. BOE9 de Abril 74(1986, núm 40. Norma de calidad para los destinatarios al comercio interior.
Reglamento (CE) núm. 2288/1997, de 18 de Noviembre. Fija normas de comercialización aplicables a los ajos.
Reglamento (CE) núm. 2520/1998, de 24 de Noviembre. Modifica el Reglamento (CE) núm. 544/97 mediante la instauración de un certificado de origen para los ajos.
AVELLANAS:
Reglamente (CE) núm. 1284/2002, de 15 de julio. Establece las normas de comercialización de las avellanas con cáscara.
HORTALIZA:
(PUERROS, BEREJENAS Y CALABACINES)
Reglamento (CE) núm. 1292/1981, de 12 de 12 de Mayo. Establece las normas de calidad para los puerros, las berenjenas y los calabacines.
BERENJENAS:
Orden 2 de Julio 1985. BOE 8 de Julio 1985, núm. 162/1985. Norma de calidad para las destinadas al mercado interior.
CALABACINES:
Orden 24 de Marzo 1986. Norma de calidad para los destinados al mercado interior.
HORTALIZAS (CEBOLLAS Y ENDIVIAS):
Reglamento (CE) núm. 1872/1991, de 28 de Julio. Modifica el reglamento (CE) núm. 2213/83 que establece normas de calidad para las cebollas y para las endivias en lo que se refiere a las características de las endivias de categoría II.
Reglamento (CE) núm. 2390/1997, de 1 de Diciembre. Modifica el Reglamento (CE) núm. 2213/83 que establece normas de calidad para las cebollas y para las envivias.
CEBOLLAS:
Reglamento (CE) núm. 1508/2001, de 24 de Julio. Establece las normas de comercialización de las cebollas y modifica el Reglamento (CE) núm. 2213/1981 de 28 de Julio 1983.
Reglamento (CE) núm. 1465/2003, de 19 de Agosto. Modifica Reglamento (CE) núm. 1508/2001, de 24-7-2001 que establece las normas de comercialización de las cebollas.
CEREZAS:
Reglamento (CE) núm. 214/2004, de 6 de Febrero. Establece las normas de comercialización de las cerezas.
CÍTRICO:
Reglamento (CE) núm. 1977/2001, de 12 de Septiembre. Establece las normas de comercialización delos cítricos.
Reglamento (CE) núm. 2010/2002, de 12 de Noviembre. Modifica Reglamento (CE) núm. 1799/2001, de 12 de Septiembre 2001, que establece las normas de comercialización de los cítricos.
Reglamento (CE) núm. 2111/2003, de 1 de Diciembre. Aplica Reglamento (CE) núm. 2202/96, de 28-10-1996, que establece un régimen de ayuda a los productores de determinados cítricos.
Reglamento (CE) núm. 2173/2003, de 12 de Diciembre. Modifica Reglamento (CE) núm. 1799/2001, de 12-9-2001, que establece las normas de comercialización de los cítricos.
FRUTAS Y HORTALIZAS (REPOLLOS, COLES DE BRUSELAS, APIOS, ESPINACAS, CIRUELAS):
Reglamento (CE) núm 1591/1987, de 5 de Junio. Establece las normas de calidad para los repollos, las coles de Bruselas, los apios, las espinacas y las ciruelas.
REPOLLOS-COL:
Reglamento (CE) núm. 634/2006, de 25 de Abril. Establece la norma de comercialización aplicable a los repollos y modifica Reglamento (CE) núm. 1591/87, de 5-6-1987.
Reglamento (CE) núm. 782/2007, de 3 de Julio. Modifica Reglamento (CE) núm. 634/2006, de 25-4-2006, que establece la norma de comercialización aplicable a los repollos.
Orden de 24 de Marzo de 1986. Norma de calidad para los repollos destinados al mercado interior.
COLES:
Orden de 24 de marzo 1986. Norma de calidad para las coles de Bruselas destinadas al mercado interior.
APIO:
Orden de 24 de Marzo 1986. Norma de calidad para los apios destinados al mercado interior.
ESPINACAS:
Orden de 24 de Marzo 1986. Norma de calidad para las espinacas destinadas al mercado interior.
HORTALIZA (COLIFLORES Y ALCACHOFAS):
Reglamento (CE) núm. 963/1998, de 7 de Mayo. Fija las normas de comercialización aplicables a las coliflores y alcachofas.
PRODUCTO AGRÍCOLA (COLOFRORES YA LCACHOFAS):
Reglamento (CE) núm. 2551/1999, de 2 de Diciembre. Modifica el reglamento (CE) núm. 963/98, de 7 de Mayo 1998, que fija las normas de comercialización aplicables a las coliflores y alcachofas.
COLIFLOR:
Orden 10 Diciembre 1985. Norma de calidad para coliflores destinadas al mercado interior.
ALCACHOFAS:
Reglamento (CE) núm. 1466/2003, de 19 de Agosto. Establece las normas de comercialización de las alcachofas y modifica Reglamento (CE) núm. 963/98, de 7-5-1998.
ESPÁRRAGO:
Reglamento (CE) núm. 2977/1999, de 9 de Noviembre. Establece las normas de comercialización de los espárragos.
Orden 24 Marzo 1986. Norma de calidad para espárragos destinados al mercado interior.
FRESA:
Reglamento (CE) núm. 843/2002, de 21 de Mayo. Establece las normas de comercialización de las fresas y modifica el Reglamento (CE) núm. 899/1987 de 30 de marzo 1987.
GUISANTES:
Orden 24 de Marzo 1986. Norma de calidad de los guisantes para desgranar, destinados al mercado interior.
JUDÍA:
Reglamento (CE) núm. 912/2001, de 10 de Mayo. Establece las normas de comercialización de las judías.
KIWI:
Reglamento (CE) núm. 410/1990, de 16 de Febrero. Establece las normas de calidad para los kiwis.
Reglamento (CE) núm. 1673/2004, de 24 de Septiembre. Establece la norma de comercialización aplicable a los kiwis.
LECHUGA:
Reglamento (CE) núm. 1543/2001, de 27 de Julio. Establece las normas de comercialización de las lechugas y escarolas.
Orden 24 de Marzo 1986. Norma de calidad para las lechugas destinadas al mercado interior.
MELÓN:
Reglamento (CE) núm. 1615/2001, de 7 de Agosto. Fija las normas de comercialización de los melones y modifica el Reglamento (CE) núm. 1093/1997 de 16 Junio 1997.
Reglamento (CE) núm. 1016/2006, de 4 de Julio. Modifica el Reglamento (CE) núm. 16415/2001, de 7-8-2001, que fija las normas de comercialización de los melones.
NUEZ:
Reglamento (CE) núm. 175/2001, de 26 de enero. Establece las normas de comercialización de las nueces comunes con cáscara.
Reglamento (CE) núm. 718/2001, de 10 de Abril. Adapta el Reglamento (CE) núm. 2200/1996 de 28 de Octubre 1996 del Consejo en lo relativo a los códigos de la nomenclatura combinada para las nueces de areca (o de betel) y las nueces de cola.
Reglamento (CE) núm. 80/2003, de 10 de Abril. Adapta el Reglamento (CE) núm. 2200/1996 de 28 de Octubre 1996 de Consejo de la nomenclatura combinada para las nueces de areca (o de betel) y las nueces de cola.
PRODUCTO AGRÍCOLA (TOMATE, ALBARICOQUE, LIMÓN, CIRUELA, MELOCOTÓN, PERA, UVA DE MESA):
Reglamento (CE) núm. 808/2006, de 31 de Mayo. Modifica Reglamento (CE) núm. 1555/96, de 30-7-1996 en lo que se refiere al volumen de activación de los derechos adicionales aplicables a los tomates, albaricoques, limones, ciruelas, melocotones, incluidos griñones y nectarinas, peras y uva de mesa.
Reglamento (CE) núm. 589/2001, de 30 de Mayo, modifica Reglamento (CE) núm. 1555/96, de 30-07-1996 en lo se refiere a los volúmenes que activan la imposición de derechos adicionales a los tomates, albaricoques, limones, ciruelas, y melocotones, incluidos griñones y nectarinas, peras y uvas de mesa.
TOMATES:
Reglamento (CE) núm. 790/2000 de la Comisión de 14 de Abril de 2000 por el que se establecen las normas de comercialización de los tomates.
CIRUELAS:
Reglamento (CE) núm. 1168/1999 de 3 de Junio. Establece las normas de comercialización de las ciruelas.
Reglamento (CE) núm. 848/200, de 27 de Abril. Modifica el Reglamento (CE) núm. 1168/1999, de 3 de Junio 1999 por el que se establecen las normas de comercialización de las ciruelas.
Reglamento (CE) núm. 379/2005, de 4 de Marzo. Modifica el Reglamento (CE) n´m. 1168/1999, de 3 de Junio 1999, que se establecen las normas de comercialización de las ciruelas.
FRUTAS Y FRUTOS (MELOCOTONES Y NECTARINAS):
Reglamento (CE) núm. 1861/2004, de 26 de octubre. Establece la norma de comercialización de los melocotones y las nectarinas.
PERAS Y MANZANAS:
Orden de 15 de Noviembre 1985. Norma de Calidad para las destinadas al mercado interior.
UVAS:
Reglamento (CE) núm. 2789/1999, de 22 de Diciembre. Establece las normas de comercialización aplicables a las uvas de mesa.
Reglamento (CE) núm. 2137/2002, de 29 de noviembre. Modifica el Reglamento (CE) núm. 2789/1999, de 22 de Diciembre de 1999, que establece las normas de comercialización aplicables a las uvas de mesa.
Reglamento (CE) núm. 716/2001, de 10 de Abril. Modifica el Reglamento (CE) núm. 2789/1999, de 22 de Diciembre de 1999, que establece las normas de comercialización aplicables a las uvas de mesa.
PATATA:
Orden 14 de Enero de 1981. Norma de calidad para comercio exterior de la temprana.
Orden 6 de Julio de 1983. Norma de calidad para la patata de consumo destinada al mercado interior.
Orden 29 de Octubre de 1986. Modifica norma de calidad para la patata de consumo destinada al mercado interior.
PEPINOS:
Orden 24 de Marzo de 1986. Norma de calidad para los pepinos destinados al mercado interior.
PIMIENTOS:
Orden 12 de Septiembre de 1983. Norma de calidad para los pimientos frescos destinados al mercado interior.
Reglamento (CE) núm. 808/2006, de 31de Mayo. Modifica Reglamento (CE) núm. 1555/96, de 30-7-1996 en lo que se refiere al volumen de activación de los derechos adicionales aplicables a los tomates, albaricoques, limones, ciruelas, melocotones, incluidos griñones y nectarinas, peras y uvas de mesa.
PLÁTANOS Y BANANAS:
Reglamento (CE) núm. 2257/1994, de 16 de Septiembre. Fija las normas de calidad para los plátanos.
Reglamento (CE) núm. 2898/1995, de 15 de Diciembre. Establece disposiciones relativas al control de la aplicación de las normas de calidad en el sector del plátano.
SETAS (CHAMPIÑONES):
Reglamento (CE) núm. 1863/2004, de 26 de Octubre. Establece la norma de comercialización de los champiñones.
ZANAHORIAS:
Orden 2 de Julio 1985. Norma de calidad para las zanahorias destinadas al mercado interior.